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Jaime Valladolid abogado caza

¿Puedo campear con mis perros en época de veda?

Artículos

La mayoría de las comunidades autónomas prohíben expresamente transitar con perros sueltos por el campo fuera del control o alcance de su dueño. Además, también se sanciona el hecho de molestar a las especies silvestres durante su época de reproducción. Ah, y recuerda que en el caso de que tu perro cause algún daño, tú serás el responsable. Por lo tanto, te recomiendo que consultes con la Administración si en tu coto hay alguna zona destinada precisamente al adiestramiento canino. Se trata de áreas en las que, precisamente, se autoriza -con ciertas limitaciones- que entrenes con tu perro sin alterar a la fauna del acotado. Si no existe, podéis solicitar su creación siempre que cumpláis con los requisitos exigidos para ello.

20 diciembre, 2019 / Sin comentarios
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El abogado Jaime Valladolid asume la defensa de una treintena de cazadores estafados por dos personas a las que ya investiga la Guardia Civil

Noticias

Así lo informaba la Benemérita en una nota de prensa remitida a los medios de comunicación y que reproducimos a continuación: “La Guardia Civil ha procedido a investigar a dos personas residentes en la localidad de Fuensalida (Toledo), siendo ambos pareja sentimental, por un total de 31 delitos de estafa, por valor de cerca de 22.000 euros. Los investigados a través de la página de internet ‘milanuncios’ vendieron acciones para cazar en los cotos de caza de Alcalvín Alto y Darrayel, ambos en el término municipal de Bargas (Toledo), sin autorización de los propietarios de los cotos. Hasta la fecha han sido 31 personas perjudicadas los que llegaron a pagar por la compra de la acciones de los cotos entre 300 y 900 euros por cazador, llegando a estafar alrededor de 22.000 euros. Los denunciantes, residentes en las provincias de Toledo, Madrid, Guadalajara, Ávila, Cáceres y Badajoz, tras abonar las cuantías que les solicitaron los estafadores, se personaron en dichas fincas el primer día hábil del inicio de la temporada cinegética de la temporada 2019-2020 no pudiendo acceder a las mismas tras prohibírselo los propietarios y el guarda de caza de los cotos, explicándoles a los perjudicados que ellos no habían vendido las acciones de caza de esos cotos y que habían sido víctimas de una estafa. Uno de los estafadores en el año 2018 se encargaba de la explotación de la caza en ambos cotos, por lo que disponía de las tarjetas de autorización firmadas por los propietarios en años anteriores llegándolas a falsificar para que fueran lo más reales posibles y no llamaran la atención de los estafados. Por parte del equipo Roca de la Guardia Civil de Illescas, en el momento de recepcionar todas las denuncias de los perjudicados, se realizaron gestionar hasta lograr identificar a los autores de las estafas”. Desde JV abogados queremos agradecer el arduo y fructífero trabajo realizado por el equipo Roca de la Guardia Civil de Illescas en la recopilación de la información y en la identificación de los autores de los hechos.

5 diciembre, 2019 / Sin comentarios
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El abogado Jaime Valladolid responde a todas tus dudas… en el número de diciembre de Jara y Sedal. ¡Corre a por ella!

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Como cada mes, el Letrado Jaime Valladolid, director del despacho JV abogados, especializado en Derecho Rural y Medioambiental, responde a las consultas jurídicas planteadas por los lectores de la revista Jara y Sedal. En este número de diciembre de 2019: Denegación de licencia de armas, prohibición de tenencia de cepos, afección de zonas ZEPA a la caza y estafas en la contratación de acciones cinegéticas… ¿Te lo vas a perder? Ya en tu quiosco habitual. ¿A qué esperas? ¡Corre a por ella! Y ya sabes, puedes plantearnos tus dudas a través del siguiente correo electrónico: info@jaimevalladolid.es

4 diciembre, 2019 / Sin comentarios
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Jaime Valladolid abogado

I NUEVO ÉXITO DE JV ABOGADOS I Absuelto de un delito de amenazas por una manifiesta carencia de pruebas por parte de la denunciante

Noticias

Los hechos se remontan a los meses de diciembre de 2018 y enero y marzo de 2019 y tienen su origen en una disputa entre la sociedad de cazadores y la asociación de agricultores de un municipio madrileño como consecuencia de los daños provocados por los conejos a las siembras de los agricultores. Según el relato de hechos narrados por la denunciante, el presidente de la sociedad de cazadores la habría amenzado diciéndola en reiteradas ocasiones “te vas a enterar”. No obstante, haciendo suyas las alegaciones de la defensa, asumida por el abogado Jaime Valladolid, director del despacho JV abogados, el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Arganda del Rey considera que “toda la prueba practicada se caracteriza por no reunir los criterios exigidos jurisprudencialmente para desvirtuar, por sí sola, el principio de presunción de inocencia que ampara a la parte denunciada; ex artículo 24 CE, no puede ser tenida como prueba de cargo mínima y suficiente para desvirtuar dicha presunción de inocencia”. De este modo, acuerda absolver libremente al denunciado.

29 noviembre, 2019 / Sin comentarios
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NUEVO ÉXITO JUDICIAL DE JV ABOGADOS: Una compañía eléctrica, condenada a indemnizar a dos ganaderos por una sobretensión

Noticias

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Colmenar Viejo ha dictado Sentencia nº 134/2019, de 4 de octubre, en virtud de la cual acuerda condenar a una compañía eléctrica a indemnizar a dos ganaderos madrileños en la cantidad de 5.031,66 euros (más intereses y costas procesales) por los daños sufridos en un variador como consecuencia de una sobretensión en el suministro eléctrico. Los hechos se remontan al día 8 de julio de 2017, cuando, debido a las variaciones en la frecuencia y amplitud de tensión en el suministro eléctrico, se produjo el siniestro de un variador utilizado por los ganaderos en el desarrollo de su actividad. Tal y como se señala en la referida sentencia, que ya es firme, “la actora encargó la verificación del siniestro -ratificado- y la causa la atribuyó a una sobretensión, sin que haya sido desvirtuada por la demandada, que lo tacha de poco técnico, sin presentar ni proponer ninguno alternativo que lo contradijera. En consecuencia (…) procede la estimación íntegra de la demanda”. La defensa del asunto, que sin duda sienta un importante precedente judicial, ha sido asumida por el Letrado D. Jaime Valladolid, director de JV abogados y asesor jurídico de la Unión de Ganaderos, Agricultores y Silvicultores de la Comunidad de Madrid (UGAMA).

15 noviembre, 2019 / Sin comentarios
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Jaime Valladolid Abogado

¿Quieres constituir un coto de caza? Te contamos cómo hacerlo…

Artículos

Llevas tiempo dándole vueltas, pero no acabas de decidirte… Quizás la burocracia que ello conlleva te echa para atrás. No te preocupes: sigue estos pasos. 1.- Tener el consentimiento de los propietarios de las fincas: sí, serán ellos quienes nos cederán los derechos cinegéticos de las parcelas que conformarán nuestro coto de caza. Para ello podemos confeccionar un contrato privado en el que determinaremos las cláusulas que acordemos: duración, precio, obligaciones de las partes, etc. En relación con el tiempo de vigencia de la cesión, lo aconsejable -y obligatorio en algunas comunidades, como por ejemplo Castilla-La Mancha- es que al menos sea de cinco años, coincidentes con la del plan cinegético del acotado. 2.- Contar con un mínimo de hectáreas: como norma general, si queremos constituir un coto con aprovechamiento principal de caza mayor necesitaremos una superficie de 500 hectáreas o más, mientras que si pretendemos crear uno de menor nos bastará con 250. Y evidentemente, las parcelas que lo configuren deberán tener continuidad. 3.- Tramitarla ante el órgano administrativo competente. En este caso, ante los servicios periféricos o delegaciones de medio ambiente de la provincia en la que se encuentre el acotado, que deberán resolver en el plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud. Para ello la Administración cuenta con unos formularios que podemos encontrar en sus oficinas o, en algunos casos, en sus respectivas páginas web. Cumplimentarlo es sencillo: datos del solicitante o representante legal y del coto de caza que se pretende crear. 4.- Además, deberemos aportar: DNIs del solicitante y de los propietarios de las fincas, certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de las parcelas, notas simples del Registro de la Propiedad o documento similar que acredite la titularidad de las parcelas (escritura pública de propiedad, certificado del Ayuntamiento correspondiente, contrato privado de propiedad, etc.), documentos de cesión de los derechos de explotación cinegética emitidos por los propietarios y un plano de situación del coto de caza que se pretende crear (normalmente a escala 1: 50.000) y otro de detalle con identificación de las fincas que lo integran (habitualmente a escala 1:10.000). En caso de que la titular del futuro coto sea una sociedad o club deportivo de cazadores, deberemos adjuntar los estatutos visados por la consejería competente, el número de inscripción el registro correspondiente y acta en la que conste la elección de su presidente. Por último, entregaremos un listado con la identificación de las fincas que integrarán el acotado con indicación de su número de polígono y parcela, término municipal y provincia en la que se hallan, superficie y perímetro total y datos de sus propietarios. No obstante, antes de proceder a su presentación y registro, es aconsejable consultar ante la delegación o servicio territorial en cuestión para asegurarnos de que no necesitamos aportar nada más. Del mismo modo, también nos indicarán qué tasa debemos pagar por ello. 5.- Esperar a que la Administración nos dé el visto bueno, para lo cual deberemos aguardar como máximo seis meses. Una vez contemos con la resolución estimatoria que acuerde la constitución de nuestro acotado, llegará el momento de ponernos manos a la obra. No olvidemos que para poder practicar la actividad cinegética necesitaremos que la Administración apruebe el plan técnico que regirá la gestión de nuestro coto. Sí, algo así como la hoja de ruta a seguir: especies autorizadas, cupos máximos… 6.- Pagar la matrícula anual del acotado. Será el numerito que identifique nuestro coto, similar al que portan las placas de los vehículos. ¿Cuánto nos costará? Dependiendo de si el aprovechamiento principal es de caza mayor o menor y también del número de hectáreas con las que cuente. 7.- Señalizar el perímetro del coto de acuerdo con lo establecido en la normativa de nuestra comunidad autónoma. No podemos olvidar que existen dos tipos de señales: las de primer orden, que colocaremos necesariamente en todas las vías de acceso que penetren el interior del acotado y en cuantos puntos intermedios fuesen necesarios para que la distancia entre dos carteles no sea superior a 600 metros; y las de segundo orden, que se situarán entre las de primer orden con distancias máxima una a otra de 100 metros. No obstante, comprobemos con anterioridad lo dispuesto al respecto en la legislación cinegética de nuestra región. Mucho cuidado con ello: no señalizar o hacerlo indebidamente es fuente habitual de imposición de considerables sanciones. 8.- ¡Por fin somos titulares de nuestro coto de caza! ¿Y ahora qué? Es el momento: debemos decidir si queremos disfrutar nosotros mismos cazando en él o, por el contrario, arrendar su aprovechamiento cinegético a un tercero. En el caso de que nos decantemos por esta segunda opción, confeccionaremos un contrato en el que, al menos, incluiremos las siguientes cláusulas: objeto, duración, precio y derechos y obligaciones de las partes. Es muy importante que todo quede debidamente plasmado en este documento para así evitar futuras controversias al respecto. Ah, que no se nos olvide: el subarriendo está terminantemente prohibido. ¿Y si creamos un club o una asociación deportiva? Sin duda, es una buenísima opción si, por ejemplo, hemos decidido que no arrendaremos la caza y que seremos nosotros, los “cuatro” amigos del pueblo, los únicos que practicaremos la actividad cinegética en el acotado. Pues bien, antes de instar la constitución del acotado crearemos un club deportivo una asociación de caza. ¿Por qué decantarnos por esta alternativa? En primer lugar, porque las obligaciones que ello conlleva recaerán sobre el club o asociación. Ello significa que en el supuesto de que se exija algún tipo de responsabilidad (civil, penal o administrativa) se actuará contra la persona jurídica titular del aprovechamiento y en ningún caso contra una persona física. Parece justo que si somos todos quienes cazamos en el acotado, también seamos todos quienes asumamos los riesgos. ¿Cómo procederemos a ello? Acudiremos a la delegación de la consejería competente en la materia (normalmente de Cultura o Deporte), donde nos proporcionarán un modelo de estatutos y un formulario de solicitud. Presentaremos la documentación pertinente y pagaremos

13 noviembre, 2019 / Sin comentarios
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Jaime Valladolid Abogado ganaderos guadalajara

La tuberculosis y los daños de la fauna, protagonistas en la reunión entre ganaderos de Guadalajara y el abogado Jaime Valladolid

Noticias

El pasado 7 de noviembre de 2019, la Agrupación de Ganaderos de la Sierra Norte celebró su Asamblea General en el salón de actos del Consistorio de Cantalojas (Guadalajara), cedido para la ocasión por el Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara. En este acto, al que asistieron decenas de personas, estuvo presente el abogado Jaime Valladolid, especializado en Derecho Agrario y Rural, quien informó a los presentes de las posibilidades legales a su alcance para defenderse de los acuciantes problemas que desde hace años llevan soportando: los daños provocados por la fauna silvestre, principalmente por lobos y buitres, y los falsos positivos en tuberculosis, que están abocando al cese de la actividad ganadera. Además, los responsables de la Unión de Ganaderos de Vacas Nodrizas (UGAVAN) explicaron a los ganaderos guadalajareños los proyectos que, con la colaboración de otras organizaciones del ámbito docente, rural y empresarial, han puesto en marcha a fin de adaptar los modelos de explotación ganadera a la situación actual por la que atraviesa el sector. Concretamente, el Profesor Titular de la Universidad de Salamanca D. Francisco Mª Vicente Amores, asesor científico de UGAVAN, realizó una magistral disquisición sobre el presente y el futuro de la ganadería extensiva, mientras que D. Jacinto Rodríguez, presidente de UGAVAN, informó a los asistentes de las novedades de interés obtenidas tras las últimas reuniones mantenidas por dicha asociación con las diferentes administraciones estatales y autonómicas. Por último, la Agrupación de Ganaderos de la Sierra Norte de Guadalajara eligió a su nueva Junta Directiva, que será presidida por D. Francisco García Peinado, de la SAT Campillo de Ranas, quien también es miembro de la Junta Directiva de UGAVAN. Desde JV Abogados queremos mostrar nuestra total disposición para trabajar conjuntamente con el sector ganadero y lograr así poner punto y final a una situación injusta que, de no revertirse, podría suponer la desaparición de una actividad trascendental en nuestro desarrollo social.

8 noviembre, 2019 / Sin comentarios
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I NUEVO ÉXITO DE JV ABOGADOS I La Administración reconoce que la denuncia formulada contra un coto de caza carece de soporte probatorio y absuelve a su titular

Noticias

Los hechos, acaecidos en un acotado de la provincia de Guadalajara, se remontan a octubre de 2018, cuando un agente de la autoridad cursó una denuncia contra su titular, que había organizado la celebración de un gancho, al considerar que: 1.- Los caminos del interior de la mancha no se encontraban debidamente señalizados; 2.- Una de las armadas se situaba en un camino de dominio público; 3.- En la acción de caza participaron 6 rehalas cuando únicamente se encontraba autorizado un número de 5; y 4.- El gancho celebró en condiciones de escasa visibilidad (por niebla), creándose una grave situación de peligro para las personas o sus bienes. Por estos motivos, la Administración incoó expediente sancionador contra el titular del acotado, proponiendo sancionarle con una multa de 2.004 euros por la presunta comisión de cuatro infracciones a la Ley de Caza de Castilla-La Mancha. No obstante, mostrándose disconforme con los hechos recogidos en la denuncia y con el asesoramiento jurídico del Letrado Jaime Valladolid, especializado en Derecho Cinegético y Medioambiental, el administrado formuló en tiempo y forma escrito de alegaciones, sustentando los siguientes motivos: 1.- Los caminos se encontraban debidamente señalizados, aportando un completo informe fotográfico que así lo certificaba; 2.- La denuncia no incluye dato objetivo alguno que acredite que una armada se colocase en un camino público (no concretaba datos identificativos de los cazadores ni los puntos concretos geolocalizados de la situación de esa supuesta armada); 3.- Aquel día las condiciones climatológicas eran óptimas para la celebración de la acción colectiva de caza, aportándose fotografías que así lo certifican. De hecho, la celebración del gancho se pospuso hasta que la niebla se levantó; y 4.- La denuncia no consigna los datos de esas seis supuestas rehalas que presuntamente participaron en la acción colectiva de caza. En virtud de dichas alegaciones, la Administración acuerda sobreseer y archivar el expediente sancionador, haciendo suyas las argumentaciones formuladas por el administrado, para concluir que “el agente no identifica en la denuncia los puntos concretos geolocalizados donde no se habrían colocado las señales, ni la vía de comunicación, ni la colocación de las armadas en un camino público, tampoco se aporta informe fotográfico que pruebe que la visibilidad era inferior a los 250 metros”. Desde JV Abogados nos congratulamos de esta resolución administrativa y reconocemos el correcto actuar de la Administración en este caso concreto, que, ante la evidente carencia de soporte probatorio alguno de la denuncia formulada por el agente interviniente, ha acordado el archivo del expediente sancionador, dejando sin efecto la multa propuesta a nuestro cliente.

16 octubre, 2019 / Sin comentarios
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El abogado Jaime Valladolid se reunirá el 7 de noviembre con los ganaderos de la Sierra Norte de Guadalajara para tratar las problemáticas sobre tuberculosis y ataques de lobos y buitres

Noticias

El próximo día 7 de noviembre de 2017, a las 12.00 horas, el Ayuntamiento de Cantalojas (Guadalajara) albergará un encuentro organizado por la Agrupación de Ganaderos de la Sierra Norte de Guadalajara al objeto de explicar a los asistentes las diferentes alternativas jurídicas con las que cuentan para defenderse de las injusticias que suponen el sacrificio de ganado por falsos positivos en tuberculosis y brucelosis y los constantes ataques de lobos que sufren en sus explotaciones. En el caso de Guadalajara -como en el de otras muchas provincias- existen dos precedentes judiciales en virtud de los cuales se ha condenado a la Administración a indemnizar íntegramente a un ganadero por los daños causados por ataques de lobos a su explotación ganadera y que quintuplican las compensaciones establecidas en el baremo fijado por ésta. Para más información:

9 octubre, 2019 / Sin comentarios
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“El trampeo del siglo XXI”, nuevo artículo del abogado Jaime Valladolid, en la revista Jara y Sedal

Artículos

¿Qué sistemas de captura permite la Ley para combatir los daños que provocan los predadores? ¿Cualquier persona puede llevar a cabo esta labor o es necesario reunir ciertos requisitos? En este artículo respondemos a estas y otras muchas preguntas… Ya en tu quiosco la revista Jara y Sedal, en la que podrás leer este interesantísimo nuevo trabajo de Jaime Valladolid, abogado especializado en Derecho sobre caza y medio ambiente.

5 junio, 2019 / Sin comentarios
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abogado caza

¿Puede un ciclista circular por una senda de un coto mientras estamos practicando la caza menor?

Artículos

Es muy habitual que en nuestro coto de caza existan caminos, veredas, carreteras, etc. Como norma general, las vías públicas por donde puedan transitar personas, vehículos o animales domésticos son legalmente consideradas como zonas de seguridad, en las que la práctica de la actividad cinegética está prohibida. Evidentemente, está expresamente proscrito disparar hacia esas zonas de seguridad, pero también cazar en una faja de terreno determinada colindante respecto de la misma, que varía según su tipología (carretera, camino, vía pecuaria, etc.) y la comunidad autónoma en la que nos encontremos. En todo caso, para que pueda ser considerada como zona de seguridad, dicha vereda debería ser de dominio público y en ningún caso privada. Normalmente, en el plan técnico de caza del acotado constan dichas zonas de seguridad, así como otras áreas no cinegéticas incluidas en el coto. Consúltalo y comprueba a través de Catastro si dicha vereda es o no de dominio público.

5 abril, 2019 / Sin comentarios
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¿Puedo cazar con armas que almacenan más de dos cartuchos?

Artículos

Desde septiembre de 1989, los cazadores estamos obligados a que, si usamos armas semiautomáticas, su cargador esté limitado a dos cartuchos. ¡Ojo, pero únicamente para el caso de armas semiautomáticas, no para otro tipo de armas! ¿Y qué se entiende por arma semiautomática? La que después de cada disparo se recarga automáticamente y con la que es posible efectuar un disparo al accionar el disparador cada vez. Por lo tanto, esta restricción no afecta a las armas de repetición, las que se recargan después de cada disparo, mediante un mecanismo accionado por el tirador (accionamiento manual) que introduce en el cañón un cartucho colocado previamente en el depósito de municiones. En este supuesto se incluirían, por ejemplo, los rifles de cerrojo, palanca, corredera. De este modo, están prohibidas para la caza las armas semiautomáticas que permitan un almacenamiento de más dos cartuchos, pero no todas las armas de caza. Fuera de esta restricción quedarían, por ejemplo, los rifles de cerrojo, palanca, corredera…    

4 abril, 2019 / Sin comentarios
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