Los hechos se remontan a los meses de diciembre de 2018 y enero y marzo de 2019 y tienen su origen en una disputa entre la sociedad de cazadores y la asociación de agricultores de un municipio madrileño como consecuencia de los daños provocados por los conejos a las siembras de los agricultores.
Según el relato de hechos narrados por la denunciante, el presidente de la sociedad de cazadores la habría amenzado diciéndola en reiteradas ocasiones “te vas a enterar”.
No obstante, haciendo suyas las alegaciones de la defensa, asumida por el abogado Jaime Valladolid, director del despacho JV abogados, el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Arganda del Rey considera que “toda la prueba practicada se caracteriza por no reunir los criterios exigidos jurisprudencialmente para desvirtuar, por sí sola, el principio de presunción de inocencia que ampara a la parte denunciada; ex artículo 24 CE, no puede ser tenida como prueba de cargo mínima y suficiente para desvirtuar dicha presunción de inocencia”.
De este modo, acuerda absolver libremente al denunciado.