JV abogados, especializado en Derecho Rural y Medioambiental, amplía su red de despachos inaugurando una nueva sede en Guadalajara capital. Sin duda, se trata de un paso más en su compromiso por ofrecer a sus clientes un trato directo, personalizado y cercano. “Son muchos quienes nos llevan demandando desde hace tiempo la apertura de nuevos despachos en las capitales de las provincias más rurales. En este caso, la satisfacción es doble, pues, además de cumplir los deseos de nuestros clientes, la inauguración de esta flamante sede supone cumplir un sueño personal como es poder ayudar a mis vecinos, ya que, aunque la mayor parte de mi vida profesional la he desarrollado en Madrid, he nacido y me he criado en Guadalajara”, señala Jaime Valladolid, Socio Director de JV abogados. Este nuevo despacho, que ya se encuentra abierto al público, se sitúa en el centro de Guadalajara capital, concretamente en la Plaza Virgen de la Antigua, nº 12, junto al Mercado de Abastos y a escasos metros de la Plaza Mayor. “Nuestra filosofía siempre ha sido y será estar lo más cerca de los que precisan de nuestros servicios, por eso elegimos una ubicación lo más céntrica posible y próxima a las principales instituciones de la capital alcarreña”, señala Valladolid. Este nuevo despacho, que ya se encuentra abierto al público, se sitúa en el centro de Guadalajara capital, concretamente en la Plaza Virgen de la Antigua, nº 12, junto al Mercado de Abastos y a escasos metros de la Plaza Mayor. “Nuestra filosofía siempre ha sido y será estar lo más cerca de los que precisan de nuestros servicios, por eso elegimos una ubicación lo más céntrica posible y próxima a las principales instituciones de la capital alcarreña”, señala Valladolid. En Guadalajara, como ha venido haciendo hasta ahora, JV abogados prestará servicios jurídicos en los ámbitos civil, penal y contencioso-administrativo, además de en el rural y medioambiental, especializaciones que le han posibilitado situarse entre los despachos de abogados más prestigiosos en estas disciplinas. “¿El secreto del éxito? Sin duda, nuestro equipo de profesionales y los valores que presiden nuestra filosofía de trabajo: compromiso, seriedad, perseverancia y sinceridad”, asevera Valladolid. Este nuevo despacho permanecerá abierto de lunes a viernes, desde las 10.00 hasta las 14.00 horas (horario de mañana) y desde las 16.00 hasta las 20.00 horas (horario de tarde). Si desea solicitar cita, puede hacerlo a través de teléfono en el número 949 873 100 ó en el e-mail info@jaimevalladolid.es
¿Podría permitirse en España el uso de silenciadores para la caza?
Aunque a priori pueda parecernos sorprendente, nuestro Reglamento de Armas no prohíbe el uso de estos dispositivos para la práctica de la actividad cinegética. Por tanto, la última palabra la tendrían las comunidades autónomas. Se trata más de una cuestión de voluntad política. No obstante, nos encontramos con un precedente nada halagüeño: en el año 2015, Castilla-La Mancha decidió incluir en el borrador de su Ley de Caza la autorización del uso del .22 de percusión anular para la caza. Y es que la Intervención Central de Armas y Explosivos (ICAE), a petición de la ONC, reconoció expresamente que el Reglamento de Armas no prohibía la utilización de este calibre para la caza, por lo que, según la ICAE, “no procedía modificar el Reglamento, sino la norma (es decir la ley de caza) que prohibía su uso”. Sin embargo, para la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), que es un organismo consultivo para la interpretación de los Reglamentos de Armas y Explosivos que está por encima de la ICAE, dilucidó curiosamente que la licencia tipo E amparaba el uso de rifles del calibre .22 para tiro deportivo, considerando que la caza no era una actividad deportiva y que, por ende, no podía autorizarse su uso para su práctica.
El abogado Jaime Valladolid asume la defensa de una treintena de cazadores estafados por dos personas a las que ya investiga la Guardia Civil
Así lo informaba la Benemérita en una nota de prensa remitida a los medios de comunicación y que reproducimos a continuación: “La Guardia Civil ha procedido a investigar a dos personas residentes en la localidad de Fuensalida (Toledo), siendo ambos pareja sentimental, por un total de 31 delitos de estafa, por valor de cerca de 22.000 euros. Los investigados a través de la página de internet ‘milanuncios’ vendieron acciones para cazar en los cotos de caza de Alcalvín Alto y Darrayel, ambos en el término municipal de Bargas (Toledo), sin autorización de los propietarios de los cotos. Hasta la fecha han sido 31 personas perjudicadas los que llegaron a pagar por la compra de la acciones de los cotos entre 300 y 900 euros por cazador, llegando a estafar alrededor de 22.000 euros. Los denunciantes, residentes en las provincias de Toledo, Madrid, Guadalajara, Ávila, Cáceres y Badajoz, tras abonar las cuantías que les solicitaron los estafadores, se personaron en dichas fincas el primer día hábil del inicio de la temporada cinegética de la temporada 2019-2020 no pudiendo acceder a las mismas tras prohibírselo los propietarios y el guarda de caza de los cotos, explicándoles a los perjudicados que ellos no habían vendido las acciones de caza de esos cotos y que habían sido víctimas de una estafa. Uno de los estafadores en el año 2018 se encargaba de la explotación de la caza en ambos cotos, por lo que disponía de las tarjetas de autorización firmadas por los propietarios en años anteriores llegándolas a falsificar para que fueran lo más reales posibles y no llamaran la atención de los estafados. Por parte del equipo Roca de la Guardia Civil de Illescas, en el momento de recepcionar todas las denuncias de los perjudicados, se realizaron gestionar hasta lograr identificar a los autores de las estafas”. Desde JV abogados queremos agradecer el arduo y fructífero trabajo realizado por el equipo Roca de la Guardia Civil de Illescas en la recopilación de la información y en la identificación de los autores de los hechos.
I NUEVO ÉXITO DE JV ABOGADOS I Absuelto de un delito de amenazas por una manifiesta carencia de pruebas por parte de la denunciante
Los hechos se remontan a los meses de diciembre de 2018 y enero y marzo de 2019 y tienen su origen en una disputa entre la sociedad de cazadores y la asociación de agricultores de un municipio madrileño como consecuencia de los daños provocados por los conejos a las siembras de los agricultores. Según el relato de hechos narrados por la denunciante, el presidente de la sociedad de cazadores la habría amenzado diciéndola en reiteradas ocasiones “te vas a enterar”. No obstante, haciendo suyas las alegaciones de la defensa, asumida por el abogado Jaime Valladolid, director del despacho JV abogados, el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Arganda del Rey considera que “toda la prueba practicada se caracteriza por no reunir los criterios exigidos jurisprudencialmente para desvirtuar, por sí sola, el principio de presunción de inocencia que ampara a la parte denunciada; ex artículo 24 CE, no puede ser tenida como prueba de cargo mínima y suficiente para desvirtuar dicha presunción de inocencia”. De este modo, acuerda absolver libremente al denunciado.
¿Puedo cazar con armas que almacenan más de dos cartuchos?
Desde septiembre de 1989, los cazadores estamos obligados a que, si usamos armas semiautomáticas, su cargador esté limitado a dos cartuchos. ¡Ojo, pero únicamente para el caso de armas semiautomáticas, no para otro tipo de armas! ¿Y qué se entiende por arma semiautomática? La que después de cada disparo se recarga automáticamente y con la que es posible efectuar un disparo al accionar el disparador cada vez. Por lo tanto, esta restricción no afecta a las armas de repetición, las que se recargan después de cada disparo, mediante un mecanismo accionado por el tirador (accionamiento manual) que introduce en el cañón un cartucho colocado previamente en el depósito de municiones. En este supuesto se incluirían, por ejemplo, los rifles de cerrojo, palanca, corredera. De este modo, están prohibidas para la caza las armas semiautomáticas que permitan un almacenamiento de más dos cartuchos, pero no todas las armas de caza. Fuera de esta restricción quedarían, por ejemplo, los rifles de cerrojo, palanca, corredera…