La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León acaba de aprobar una nueva disposición normativa -en concreto el Decreto 10/2018, de 26 de abril- que viene a corregir los vicios detectados por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Sede en Valladolid) en relación con el anterior Decreto 32/2015, de 30 de abril, por el que se regula la conservación de especies cinegéticas en esta comunidad.
De este modo, el Canis lupus signatus, que sigue considerándose especie cinegética en esta región para las poblaciones de las comarcas situadas al norte del río Duero, tal y como establece la Orden de Vedas castellano-leonesa recientemente publicada, podrá continuar gestionándose a través de la actividad cinegética pese a la suspensión cautelar del Plan de Aprovechamientos Comarcales del lobo en terrenos cinegéticos al norte del río Duero para esta última temporada.
Así pues, en este nuevo Decreto vuelve a incluirse al lobo como especie cinegética, superando los defectos procedimentales declarados por el TSJ de Castilla y León, principalmente a través de la elaboración de un informe que establece las bases científico-técnicas que justifican la necesidad de la gestión del lobo a través de la caza.