Con fecha 17 de febrero de 2023, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Guadalajara dictó Sentencia en virtud de la cual acordaba desestimar íntegramente la demanda formulada por un agricultor contra el titular de un coto de la provincia de Guadalajara por unos daños en unos almendros supuestamente provocados por corzos. Asimismo, también condena a dicho agricultor al abono de las costas procesales causadas. En su demanda, el agricultor denunciaba que los corzos de un coto de la provincia de Guadalajara le habían provocado daños en unos almendros de su propiedad, motivo por el que reclamaba al titular del acotado una indemnización de 11.626 € (ONCE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS EUROS). Por su parte, la demandada, una sociedad local de cazadores que gestiona un coto en la provincia de Guadalajara, se opuso a dicha demanda alegando, entre otros muchos motivos, que el actor no había acreditado ser el propietario ni de los almendros ni de la parcela donde éstos se ubican. La sentencia, haciendo suyos los argumentos esgrimidos por la sociedad local de cazadores, concluye que, en efecto, “en el acto de la vista, D. XXXXXX, reconoció que la finca es propiedad de su madre, Dª XXXXXX y, con ello, que no es correcto lo expuesto en el hecho primero de su demanda. (…) En consecuencia, reclama una indemnización para sí, por daños en una finca sobre la que no consta que sea titular de derecho alguno, de forma que no puede reconocérsele la condición de perjudicado, presupuesto necesario para el ejercicio de la acción de responsabilidad extracontractual. (…) Todo lo expuesto obliga a la desestimación de la demanda”. La defensa jurídica de la sociedad local de cazadores ha sido asumida por el Letrado D. Jaime Valladolid, director del despacho profesional JV abogados, especializado en Derecho Rural y Medioambiental.
¿Harto de los trámites burocráticos ante la Administración? JV Abogados lo hace por ti…
El despacho JV Abogados, especializado en Derecho Cinegético y Rural, acaba de lanzar una interesante oferta dirigida a los titulares de cotos de caza. Desde solo 40 euros (impuestos no incluidos) al mes, nos encargamos de tramitar las solicitudes de autorizaciones excepcionales para el control de especies cinegéticas, presentar las memorias anuales de caza, las comunicaciones para la celebración de monterías y la renovación anual de la matrícula del acotado, etc. ¿A qué esperas? Ponte en contacto con nosotros y pídenos presupuesto sin ningún compromiso…
El abogado Jaime Valladolid habla en Radio Intereconomía sobre las denegaciones de licencias de armas en España
El pasado domingo, 11 de septiembre de 2022, el Letrado Jaime Valladolid, director de JV abogados, despacho especializado en Derecho Cinegético y Medioambiental, participó en el programa “Caza, Pesca y Naturaleza”, de Radio Intereconomía, dirigido y presentado por D. Marcos Ruiz Espín, para hablar sobre las denegaciones y revocaciones de licencias de armas en nuestro país. Si lo desea, puede escuchar la entrevista accediendo al siguiente enlace (a partir del minuto 21.52): CPYN, FECIEX a la Vuelta de la Esquina 11/09/2022 (intereconomia.com)
I CONSULTORIO JV ABOGADOS I ¿Es cierto que en C-LM se ha prohibido el uso de munición de plomo en cotos sociales?
En efecto. El artículo 34 del nuevo Reglamento de Caza de Castilla-La Mancha, publicado el pasado 2 de marzo de 2022, prohíbe disparar y transportar munición que contenga plomo durante el ejercicio de la actividad de la caza no solo en cotos sociales, sino también en zonas colectivas de caza de titularidad pública, montes de utilidad pública y humedales. No obstante, esta prohibición entrará en vigor el 3 de marzo de 2025.
El TSJ de Madrid anula una Orden de la Comunidad de Madrid que denegó indebidamente la calificación urbanística para la instalación de una carpa de uso ganadero
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ de Madrid) ha dictado Sentencia nº 271/2022, de 29 de abril de 2022, en virtud de la cual estima íntegramente el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por un ganadero, afiliado de la Unión de Agricultores, Ganaderos y Silvicultores de la Comunidad de Madrid (UGAMA), contra una Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid que denegaba la calificación urbanística para la instalación de una carpa de uso ganadero. En concreto, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid denegó la calificación urbanística al ganadero por cuanto, habiéndose realizado la actividad propuesta, se habría reducido la superficie forestal, infringiendo así los objetivos de la Ley 16/95, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid, y además se habría provocado un deterioro y fragmentación de hábitats naturales, sin que, por otro lado, el promotor hubiese presentado medidas compensatorias. Para ello, la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid se habría basado en informes técnicos desfavorables que, a juicio del TSJ de Madrid, incluirían “genéricas conclusiones” sustentadas exclusivamente en “la comparación de documentos gráficos y en la cartografía existente”, sin que ni siquiera los técnicos de la Comunidad de Madrid hubieran realizado una comprobación personal sobre el terreno. Así, la sentencia destaca “la posible existencia de errores a la hora de determinar la clasificación de las parcelas como terrenos forestales en base a la cartografía existente, que obedecen a la escala empleada en la representación de la superficie en los planos”, siendo así que la parcela en la que se emplaza la carpa, “con anterioridad a la ejecución del proyecto (año 2014) y como constatan las fotografías aéreas, estaba destinada a labor de secano, situación que se mantiene en el 2017, figurando en el SIGPAC como tierras arables, en parte, e improductivos, en otra (superficie esta última que se corresponde con la ocupada por la carpa), en tanto que en el Inventario Forestal Nacional la parcela 17 se encuentra dentro del recinto cuyo tipo estructural es de cultivos, sin haberse visto alterada ni desde el punto de vista forestal ni desde el punto de vista de los hábitats, ya que mantiene su uso y su estructura (cultivos de labor de secano) antes y después de la ejecución del proyecto, y la parcela 18 se encuentra dentro del recinto cuyo tipo estructural es el de desarbolado, comprobándose en las fotografías aéreas (…) que la superficie de la parcela 18 se encontraba despoblada de árboles o arbustos, salvo tres pies de encina (flora representativa del hábitat prioritario 9340) que se mantienen tras la instalación de la carpa”. Por último, concluye la sentencia, que no se observan “evidencias de roturación o fragmentación del terreo y de mantenerse las vegetaciones existentes en los linderos exteriores de la parcela, habiéndose visto alterada la superficie de la parcela 18 debido al tránsito de ganado y de la propiedad, no por la instalación de la carpa, por lo que también se mantienen las propiedades de dicha parcela (Desarbolado con matorral)”. De este modo, la sentencia estima íntegramente la demanda interpuesta por el ganadero, anulando y dejando sin efecto la Orden impugnada, condenando al abono de las costas procesales a la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid. La defensa jurídica del ganadero ha sido asumida por el Letrado D. Jaime Valladolid, director del despacho profesional JV abogados, especializado en Derecho Rural y Medioambiental. Puede descargarse la nota de prensa en forma .pdf accediendo al enlace de debajo.
El abogado Jaime Valladolid, el próximo lunes, en directo, en “Melisa El Rincón del Pensamiento”
El próximo lunes, 21 de febrero de 2022, a las 21.30 horas, el Letrado Jaime Valladolid, director de JV abogados, despacho especializado en Derecho Cinegético y Rural, participará en el programa “Directos 40´” de la página de Facebook “Melisa El Rincón del Pensamiento”, para aclararnos todas las dudas suscitadas en relación con los Anteproyectos de la Ley de Protección y Derechos de los Animales y de la modificación del Código Penal, aprobados el pasado viernes por el Consejo de Ministros. ¿En qué situación se encuentra la elaboración de las leyes? ¿Qué trámites deben seguirse para su aprobación definitiva? ¿Cuál es su contenido? ¿Cómo afectarían a la práctica de la caza? ¿Cuándo podrían entrar en vigor? Todas éstas y otras muchas dudas serán resueltas por Jaime Valladolid. Además, en este directo también participarán la periodista y entrevistadora Melisa Vara y la veterinaria oficial del Cuerpo Superior de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Sonia Gutiérrez. Recuerda: el próximo lunes, 21 de febrero, a las 21.30 horas, tienes una cita en “Melisa El Rincón del Pensamiento”, página de Facebook a la que puedes acceder a través del siguiente enlace: https://www.facebook.com/melrincondelpensamiento ¡No te lo pierdas! ¡Nos jugamos todo!
Preguntas y respuestas sobre la modificación del Código Penal que pretende acabar con la caza
1.- ¿En qué consiste la modificación del Código Penal y cómo afectaría a la caza? Aprovechando las fiestas de las pasadas Navidades, del 21 de diciembre al 15 de enero, se abrió el plazo de Consulta Pública Previa por parte del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la presentación de propuestas para la modificación del Código Penal en relación con los ilícitos penales de maltrato animal. Aun no conocemos el texto que será debatido y aprobado en el seno del Consejo de Ministros para su remisión al Congreso de los Diputados, pero, según declaraciones del Director General de Derechos de los Animales, será muy similar -si no idéntico- al contenido en la Proposición de Ley Orgánica presentada en el año 2018 por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos: La ampliación de los delitos de maltrato animal, hasta ahora reservados a los animales domésticos, a todos los animales vertebrados. El sustancial aumento de las penas privativas de libertad hasta más de dos años de prisión de tal suerte que la posibilidad de suspensión de las penas, al ser superiores a esos dos años, será prácticamente imposible. Se consignaban como circunstancias agravantes: La utilización de armas. La utilización de otros animales como instrumento para causar las lesiones o la muerte del animal. Que los hechos se realizaran en presencia de un menor de edad. En el caso de que se produjese la muerte del animal vertebrado, se impone una pena de dos años y un día a tres años de prisión, lo que conllevaría que su autor fuera a la cárcel ante la imposibilidad de suspensión de la pena. También se tipifica como infracción penal el abandono de animales vertebrados. La propuesta de modificación presentada por Unidas Podemos hacía prácticamente inviable el ejercicio de la actividad cinegética, al menos en los términos en los que estaba redactada. El Director General de Derechos de los Animales, en sus últimas declaraciones a los medios, ha manifestado que la reforma del Código Penal será prácticamente un calco de la Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal interesada en el 2018 por el Grupo Parlamentario de Unidas Podemos. También ha señalado que a finales de este mes de febrero se llevará el texto al Consejo de Ministros para su aprobación. No conocemos el Anteproyecto, pero todo hace indicar que será un calco a la Proposición de Ley Orgánica presentada en el 2018 por Unidas Podemos 2.- ¿Cuándo podría aprobarse la modificación del Código Penal? El plazo medio de aprobación de una ley en España es de unos cinco meses a contar desde que el Consejo de Ministros lo remita al Congreso de los Diputados, por lo que, como muy pronto, ser publicaría en agosto de 2022. 3.- ¿Cómo debe aprobarse? El art. 81.2 CE establece que la aprobación, modificación o derogación de leyes orgánicas exigirá la mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto. Por lo tanto, se requieren 175 escaños para que la Ley Orgánica de modificación del Código Penal salga adelante. Una vez se tenga redactado el Proyecto, éste debe ser aprobado por el Consejo de Ministros, que lo ha de remitir al Congreso de los Diputados. Luego pasará por el Senado y volverá al Congreso de los Diputados. Su tramitación es igual que una ley ordinaria, pero la única diferencia es que, al ser una Ley Orgánica, ésta debe ser aprobada por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. 4.- ¿Con qué apoyo político cuenta la modificación del Código Penal? Además de los que se encuentran en el Gobierno (PSOE y Unidas Podemos), muchos grupos parlamentarios ya se han mostrado a favor de la modificación de los ilícitos contra los animales. De hecho, por ejemplo, muy recientemente Ciudadanos ya se mostró a favor de la modificación en el sentido de que dichos delitos se extiendan a los animales vertebrados. 5.- ¿Cuál sería el objetivo del Gobierno? Aprobar la modificación del Código Penal antes de que finalice el año 2022. 6.- ¿Daría tiempo a su aprobación antes de las elecciones generales? Salvo sorpresa, los comicios generales deberían celebrarse en noviembre de 2023, por lo que, restando aún un año y nueve meses para ello, habría tiempo más que de sobra para que se aprobara la modificación del Código Penal.
ÚLTIMA HORA: Las licencias de caza de C-LM serán gratuitas a partir de este día…
A finales del pasado año, el presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha anunció “a bombo y platillo” que las licencias de caza y pesca serían gratis para todos los ciudadanos residentes en esta región. Sin embargo, no será hasta el 16 de febrero de 2022, fecha en la que entra en vigor la Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha, cuando se haga efectiva esta exención. De este modo, a partir de ese día serán gratuitas las licencias de caza y pesca para las personas residentes en esta región.
Así es la ficha de control de capturas que deberán cumplimentar los cazadores de Castilla y León
Se trata de una de las novedades introducidas por la flamante Ley de Caza de esta región. En la ficha, que se encuentra publicada en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León, deberán anotarse los datos más significativos de la captura, figurando, al menos, la fecha y la hora, la especie o especies y el número de ejemplares de cada una, así como aquellos otros datos requeridos por la normativa vigente en materia de sanidad animal. En concreto, el cazador debe cumplimentar una ficha por cada jornada de caza y entregar cada quince días las copias firmadas de las fichas al titular cinegético del acotado. Otra opción válida es el empleo del sistema automático de capturas. Se trata de un medio de información y registro telemático a través de la sede electrónica de la Junta. En este último supuesto no será necesario entregar copias de las fichas al titular del aprovechamiento cinegético. Puedes obtener más información en el siguiente enlace: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/
I ÉXITO JUDICIAL DE JV ABOGADOS I El Ayuntamiento de Almoguera, condenado a readmitir a un vecino que fue injustamente expulsado de un coto de caza
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Guadalajara ha dictado la Sentencia nº 335/2021, de 23 de noviembre, en virtud de la cual acuerda “estimar el recuro interpuesto por no ser ajustado a Derecho la actuación administrativa, anulando las resoluciones impugnadas” e imponiendo las costas al Consistorio demandado”. Los hechos enjuiciados se remontan al 31 de agosto de 2020, cuando un vecino de Almoguera (Guadalajara) recibió una llamada telefónica desde el Ayuntamiento del municipio para comunicarle que debía personarse en dependencias consistoriales a fin de recoger una notificación. Allí se le hizo entrega en mano de una “comunicación”, rubricada por el Sr. Alcalde de Almoguera, en la que se le informaba de su baja como cazador del coto del municipio durante tres temporadas. Ahora, el Juzgado estima íntegramente el Recurso Contencioso-Administrativo interpuesto por el vecino del municipio, señalando que “en el dictado de los actos -por más que otras formalidades, relativas a su notificación, sí hayan sido observadas- no se ha proseguido el procedimiento legalmente establecido, como es comprobable a la luz del expediente administrativo remitido al Juzgado, señaladamente la audiencia del interesado -perjudicado con las decisiones consistoriales-, presentando a los vetos doblemente decididos como adoptados -inaceptablemente- de plano, siendo bastado, sin necesidad de entrar en el resto de tachas, para la estimación del recurso contencioso-administrativo anulando ambos, máxime a la vista de la posición del Ayuntamiento en el proceso que, extravagantemente, se ha limitado en su contestación a la demanda a invocar una Orden autonómica -de 21 de mayo de 2021- que, como ha remarcado la parte actora en conclusiones, por ser de fecha posterior a los actos administrativos impugnados, es del todo inaplicable al supuesto concernido”. La defensa jurídica del vecino de Almoguera ha sido desarrollada por el Letrado Jaime Valladolid, Socio Director de JV Abogados.
JV abogados prepara ya la impugnación de la Orden por la que se establece la protección total del lobo en España
El pasado 21 de septiembre de 2021 se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Orden TED/980/2021, de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas. En la práctica, la entrada en vigor de esta Orden se traduce en la protección total del lobo en nuestro país, con las implicaciones que esta circunstancia conlleva para el desarrollo de la ganadería extensiva. Tras varias reuniones mantenidas por nuestro director, Jaime Valladolid, con diferentes organizaciones agrarias, JV abogados estudia ya la viabilidad de las acciones legales a ejercer para la impugnación de este despropósito normativo. Desde JV abogados queremos manifestar nuestra frontal oposición a esta medida y confirmar nuestro compromiso con la defensa del mundo rural.
JV abogados, en la portada del número de agosto de Jara y Sedal
Jaime Valladolid, Socio Director del despacho profesional JV abogados, especializado en Derecho Cinegético y Medioambiental, nos desvela la estrategia que los grupos ecologistas y animalistas, con el apoyo y beneplácito de nuestro poder político, están siguiendo para acabar con la actividad cinegética. El fin de la caza quizás esté mucho más cerca de lo que pensamos…